Resumen:
La Superintendencia de Pensiones emitió las Normas de Carácter General N° 347 y 348 para regular la gestión del Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP). La primera establece requisitos de integridad, trazabilidad y auditoría en los estados financieros del Administrador, mientras que la segunda fija estándares de registro y control de los movimientos bancarios del Fondo, incluyendo la separación patrimonial y el tratamiento de cargos indebidos. Estas medidas buscan garantizar una administración transparente y responsable de los recursos destinados a financiar el Seguro Social Previsional (SSP) en el marco de la Reforma Previsional.
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El Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP) cumplió recientemente su primer mes de operaciones. En este corto período, la Superintendencia de Pensiones (SP) ha trabajado intensamente en la definición del marco regulatorio que permitirá garantizar una gestión responsable, transparente y sostenible de los recursos que lo conforman.
En este contexto, el 27 de agosto de 2025 se emitieron dos nuevas Normas de Carácter General (NCG) que establecen lineamientos clave en materia de información financiera y contabilidad bancaria del FAPP y su Administrador (AFAPP).
Contenido

El FAPP o Fondo Autónomo de Protección Previsional es una entidad chilena creada por la Reforma de Pensiones de 2025 para financiar las prestaciones del nuevo Seguro Social Previsional (SSP). Se financiará con aportes del empleador, del Estado y de sus inversiones.
Está encargado de gestionar las inversiones del fondo para maximizar su rentabilidad a largo plazo y financiar beneficios automáticos para quienes han cotizado por años, con un patrimonio independiente y sujeto a la fiscalización de la Superintendencia de Pensiones.
La NCG N° 347 fija el marco regulatorio para la preparación, presentación y auditoría de los estados financieros del Administrador del FAPP.
Objetivos principales:
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Asegurar integridad, trazabilidad y uniformidad en el registro de operaciones económico-financieras.
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Garantizar la aplicación de los principios contables del sector público.
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Elevar los estándares de transparencia en la gestión de los recursos.
Requisitos de los estados financieros:
Los informes deberán contener al menos:
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Balance General.
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Estado de Cambios en el Patrimonio.
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Estado de Situación Presupuestaria.
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Estado de Resultados.
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Estado de Flujos de Efectivo.
Además, deberán incluir notas explicativas relevantes, especialmente cuando los saldos representen más del 10% de activos, pasivos, patrimonio, ingresos o gastos.
Otras obligaciones relevantes:
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Declaración jurada de responsabilidad firmada por consejeros, director ejecutivo y contador responsable.
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Auditoría independiente del estado financiero anual (a presentar en un plazo de 60 días tras el cierre).
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Informes interinos (trimestrales) y revisiones parciales por auditores externos.
La segunda instrucción emitida, la NCG N° 348, regula la contabilidad del propio Fondo, con énfasis en la separación patrimonial respecto de su Administrador y en el registro diario de movimientos.
Aspectos clave:
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Establece un Plan y Manual de Cuentas, con detalle de cuentas, subcuentas, clasificación, movimientos, saldos e instrucciones especiales.
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Regula el tratamiento de cargos y abonos indebidos, los pagos con documentos y la contabilización de todas las operaciones realizadas.
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Define plazos: los cargos bancarios no identificados deberán aclararse en un máximo de 20 días hábiles.
Reportes obligatorios:
Mensualmente, el Administrador deberá entregar a la SP un listado de cargos bancarios pendientes de aclaración, fortaleciendo los mecanismos de control.
Si quieres conocer más sobre las nuevas normas NCG 347 y NCG 348, lee el documento de la Superintendencia de Pensiones.
¿Quieres ver un video sobre este tema? Aquí tienes el video sobre:FAPP y las nuevas NCG
El FAPP administrará recursos destinados a financiar los beneficios del nuevo Seguro Social Previsional (SSP). Por ello, contar con normas claras en materia financiera y contable no solo fortalece la transparencia, sino que asegura que los fondos se gestionen de manera responsable y eficiente, en línea con el mandato de la Ley N° 21.735 de Reforma Previsional.
Con la entrada en vigencia de las NCG N° 347 y 348, la Superintendencia de Pensiones establece pilares normativos fundamentales para el funcionamiento del FAPP y su Administrador. Estas medidas buscan garantizar confianza en la gestión de los recursos previsionales, reforzando la trazabilidad, control y transparencia que exige el nuevo sistema de seguridad social en Chile.
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