El Régimen Pro-Pyme nació en febrero de 2020 para ayudar en su contabilidad a la pequeña y mediana empresa durante la modernización tributaria.
Tras la puesta en marcha del Régimen Pro-Pyme las empresas pequeñas han podido llevar un sistema tributario simplificado y acorde con su forma de trabajo.
El Régimen Pro-Pyme es exclusivo para las pequeñas y medianas empresas con la finalidad de fomentar su desarrollo y crecimiento, estimulando el emprendimiento. Además, aporta versatilidad a los sistemas tributarios en Chile.
Este régimen se divide en dos:
Este régimen está dirigido a las PYMES cuyo ingreso bruto y los ingresos relacionados de los últimos 3 años no supera las 75.000 UF.
Aun cuando se podría exceder solo una vez, en ningún caso puede ser mayor a las 85.000 UF en ventas ni en el capital efectivo cuando se inicia actividades.
Otra de sus características es que tiene un tope de 35% del ingreso de rentas de los Artículos 1 y 2 de la Ley de Impuesto a la Renta, excepto los bienes raíces agrícolas, los contratos de cuentas de participación y los derechos sociales, acciones o cuotas de inversión.
Las empresas bajo este régimen tributario están afecta al Impuesto de Primera Categoría (IDPC) con tasas del 25% y sus dueños deben tributar en base a retiros, remesas o distribuciones efectivas con imputación total del crédito por Impuesto de Primera Categoría en los impuestos finales que les afecten y a excepción de aquellos propietarios que sean contribuyentes del IDPC y no estén acogidos al régimen Pro Pyme.
Aunque las empresas Pro-Pyme General deben llevar una contabilidad completa, pueden optar por una contabilidad simplificada, sin cambiar su situación tributaria.
Llevan registro de rentas empresariales en la medida que posean o perciban rentas que deban ingresar al registro de Rentas Exentas e ingresos no constitutivos de renta (REX) y que no se acojan al Documento Tributario Electrónico (DTE) donde deberá informar sus movimientos patrimoniales.
Este régimen está enfocado en las Pymes en las que su dueño es contribuyente de impuestos finales (Impuesto Global Complementario o Impuesto Adicional), es decir, personas naturales con o sin domicilio o residencia en Chile, o bien personas jurídicas sin domicilio ni residencia en Chile.
Las empresas que quieras acogerse a este régimen deberán informar al SII, esperando la resolución de esta entidad.
Además, al acogerse al Régimen Pro-Pyme transparente deberán determinar su base imponible de forma simplificada, de acuerdo a los ingresos recibidos y los gastos pagados, excepto en operaciones con empresas relacionadas.
Aunque las empresas acogidas al Régimen Pro-Pyme transparente no están obligadas a llevar contabilidad completa, puede optar a ella sin cambiar su situación tributaria.
Por supuesto que ser parte de las empresas que se encuentran en el Régimen Pro-Pyme en cualquiera de las dos categorías conlleva varios beneficios:
Una recomendación de nuestra parte es la digitalización de los procesos de tu pequeña o mediana empresa, sobre todo de la parte contable, con un software que te permita, por ejemplo, descargas de los documentos tributarios sin límites y con una sincronización real con el SII, esto te simplificará muchísimo tu contabilidad y te ayudará a tener control sobre ella.
Si quieres conocer más sobre el Régimen Pro-Pyme, te dejamos la sesión completa del webinar Taller Régimen Pro-Pyme General de acuerdo art.14 letra D N°3 de la LIR dictado por el Doctor Fernando Torres Cárdenas.
Para que tengas una visión general de cómo están compuestos los regímenes tributarios en Chile actualmente, te los dejamos aquí:
Como verás, los regímenes Pro-Pyme son una herramienta muy importante y con muchos beneficios, gran impacto y que ha aliviado el escenario económico de las Pymes, sacándoles peso de encima y entregando transparencia, dentro del contexto desfavorable que se viene presentando en los últimos años.
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Y a ti, ¿te ha ayudado adoptar el régimen Pro-Pyme?