Resumen:
El Servicio de Impuestos Internos está impulsando un Registro Público de Intermediarios Tributarios, un programa de participación voluntaria pensado para distinguir a los contadores, abogados y asesores que cumplen con buenas prácticas de legalidad, transparencia y colaboración.
Para inscribirse se necesita título profesional afín (Contador Auditor, Ingeniero Comercial, Administrador Público o Abogado), al menos tres años de experiencia asesorando contribuyentes, no tener observaciones pendientes ante el SII y aprobar una evaluación de admisión, además de una evaluación anual de conocimientos técnicos y éticos para mantenerse en el listado.
Aunque el SII lo presenta como un sello de confianza inspirado en modelos de la OCDE y ya aplicado en España desde 2019, los colegios de Contadores y de Abogados han manifestado inquietud porque consideran que fijar requisitos de acceso ligados a títulos profesionales es materia de ley y no de una resolución administrativa, por lo que el proceso sigue en etapa de consulta y aún no tiene fecha oficial de entrada en vigencia, lo que deja a los estudios contables con una ventana ideal para entender el tema, tomar postura informada y decidir con calma si se suman cuando el registro esté disponible.
Al SII le encantan los registros, y este es de los interesantes. La idea es crear un Registro Público de Intermediarios Tributarios, dentro de un Programa de Participación Voluntaria de Buenas Prácticas, para que cualquier contribuyente pueda revisar si su contador, asesor tributario o abogado está "certificado" bajo cuatro principios: legalidad, transparencia, respeto y colaboración con la administración tributaria.
Esto es una especie de sello de calidad. No reemplaza tu título, no te lo exige el Colegio de Contadores, lo administra directamente el SII y hoy por hoy funciona más como una vitrina de confianza que como una licencia habilitante.
La respuesta es no y es importante señalarlo porque en LinkedIn ya circula un pánico innecesario. El propio SII ha señalado que "la actividad no queda reservada a quienes figuren en el registro", es decir, puedes seguir asesorando a tus clientes sin estar inscrito, exactamente igual que hoy. Nadie te va a tocar la puerta si decides no sumarte.
Ahora, que sea voluntario no significa que sea irrelevante. Si tu competencia directa como otro estudio contable de tu misma comuna se inscribe y tú no, la pregunta que te van a hacer tus clientes (o los clientes que estás tratando de captar) es predecible.
Aquí te dejamos lo que pide el SII:
Para mantenerte en el registro tienes que rendir y aprobar una evaluación anual, que incluye preguntas de ética y de actualización tributaria. O sea, eso significa que deberás rendir un examen todos los años.
No todo es aplauso ante esta medida. Los colegios de Contadores y de Abogados han puesto el punto sobre las íes y argumentan que definir requisitos de acceso relacionados con títulos profesionales específicos "correspondería al legislador, no a una norma administrativa". Si lo ponemos en palabras simples, creen que el SII se está tomando atribuciones que debería fijar una ley, no una resolución.
Es una discusión legítima y todavía no está zanjada. El proceso de consulta con los gremios ya tuvo una primera reunión el 31 de julio de 2026 y la resolución que formalizaría el registro se emitirá recién cuando termine esa etapa.
Dejando la pelea gremial de lado un segundo, hay argumentos reales a favor:
No hace falta que te quedes con los brazos cruzados hasta que salga la resolución oficial. Mientras el registro toma forma, tu estudio contable puede:
Esta es una oportunidad de llegar ordenado antes de que todos los demás también quieran ordenarse al mismo tiempo.
¿Qué es el Registro de Asesores Tributarios del SII?
Es un programa voluntario del SII que certifica a contadores, abogados y asesores tributarios que cumplen principios de legalidad, transparencia, respeto y colaboración con la administración tributaria.
¿Es obligatorio inscribirse para seguir ejerciendo?
No. El propio SII ha aclarado que la actividad de asesoría tributaria no queda reservada solo a quienes estén en el registro; puedes seguir trabajando normalmente sin inscribirte.
¿Qué requisitos pide el SII para inscribirse?
Título profesional afín (Contador Auditor, Ingeniero Comercial, Administrador Público o Abogado), mínimo 3 años de experiencia asesorando contribuyentes, no tener observaciones pendientes ante el SII y aprobar una evaluación de admisión.
¿Hay que rendir examen todos los años para mantenerse en el registro?
Sí. Para permanecer inscrito se debe rendir y aprobar una evaluación anual que incluye preguntas sobre ética profesional y actualización tributaria.
¿Por qué los gremios de contadores y abogados están en desacuerdo?
Porque consideran que definir requisitos de acceso ligados a títulos profesionales debería establecerse por ley y no por una resolución administrativa del SII.
¿Cuándo entra en vigencia el registro?
Todavía no hay fecha oficial. El proceso está en etapa de consulta con los gremios y la resolución formal se emitirá una vez que esa consulta concluya.
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