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Todo lo que debes saber del Libro de Remuneraciones

Resumen:

El Libro de Remuneraciones es un registro obligatorio para toda empresa con 5 o más trabajadores en Chile. En esta guía te explicamos qué debe incluir, quién está obligado a llevarlo, cuáles son los plazos legales, qué pasa si no lo tienes al día y cómo la tecnología puede simplificar todo el proceso. 


Hay cosas que en el mundo laboral parecen un trámite menor hasta que llega una fiscalización de la Dirección del Trabajo. Y el Libro de Remuneraciones es una de ellas.

Hay empresas que lo llevan a medias, con retraso o directamente sin saber que están obligadas. Otras lo confunden con la liquidación de sueldo. Y cuando aparece un inspector, todo eso sale a la luz de la peor manera posible.

Si tienes 5 o más trabajadores en Chile, este artículo es para ti. Te contamos exactamente qué es el Libro de Remuneraciones, qué debe contener, cuándo hay que declararlo y qué consecuencias tiene no tenerlo al día.


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Libro de Remuneraciones
10:55

Contenido


LRE Uwigo - Editado

¿Qué es el Libro de Remuneraciones?

El Libro de Remuneraciones, también llamado Libro Auxiliar de Remuneraciones, es un registro contable obligatorio en el que los empleadores deben consignar mes a mes los sueldos pagados a sus trabajadores: montos brutos, descuentos, cotizaciones previsionales y aportes del empleador.

Solo las remuneraciones que figuren en este libro pueden considerarse como gastos por remuneraciones en la contabilidad de la empresa. Lee la información oficial sobre el Libro de Remuneraciones en la web oficial del Servicio de Impuestos Internos

Es decir, si un pago no está registrado aquí, el SII no lo reconoce como gasto tributario. Eso solo ya es razón suficiente para tomarlo en serio.

Desde octubre de 2021, este registro debe llevarse en formato electrónico, a través del portal MiDT de la Dirección del Trabajo. El formato físico ya no es válido como única forma de cumplir con esta obligación.


¿Quién está obligado a llevarlo?

De conformidad con lo establecido en el artículo 62 del Código del Trabajo, el empleador se encuentra obligado a llevar un libro de remuneraciones cuando cuenta con cinco o más trabajadores. Puedes ver más sobre la información oficial en el sitio del Gobierno de Chile

Esto aplica tanto a personas jurídicas como a personas naturales que tengan trabajadores dependientes a su cargo. Y deben estar incluidos todos los trabajadores que presten servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia, independientemente del tipo de contrato.

¿Tienes 4 trabajadores hoy y contratas un quinto el próximo mes? Desde ese momento, la obligación entra en vigencia.


¿Qué debe incluir el Libro de Remuneraciones?

La estructura general del Libro de Remuneraciones se divide en estas secciones: nombre, apellido y RUT del colaborador; haberes imponibles y no imponibles; descuentos como cotizaciones obligatorias y ahorros previsionales; aportes del empleador como seguro de accidentes de trabajo e indemnizaciones; y totales de haberes, descuentos y aportes.

En la práctica, para cada trabajador debes registrar:

Sección Qué incluye
Identificación Nombre, RUT, tipo de contrato, jornada
Haberes imponibles Sueldo base, horas extra, bonos imponibles
Haberes no imponibles Colación, movilización, asignaciones de desgaste
Descuentos legales AFP, salud (Isapre o Fonasa), seguro de cesantía
Descuentos voluntarios APV, cuotas sindicales, créditos
Aportes del empleador Seguro accidentes del trabajo, SIS
Totales Total bruto, total descuentos, total líquido

¿Cuándo hay que declararlo? El plazo que no puedes perder

La información deberás registrarla dentro de los 15 días hábiles del mes siguiente al respectivo pago. Conoce más en la web oficial

Esto significa que si pagaste los sueldos de marzo el 30 de ese mes, tienes hasta mediados de abril (en días hábiles) para cargar el Libro de Remuneraciones Electrónico en MiDT.

O sea, si tienes el LRE al día, el SII te hace ese trámite solo. Un regalo que vale la pena aprovechar.


¿Cómo se declara el Libro de Remuneraciones Electrónico (LRE)?

El proceso se hace a través del portal MiDT de la Dirección del Trabajo y hay dos modalidades:

Opción 1 — Formulario en pantalla: Ingresas los datos directamente en el portal, trabajador por trabajador. Útil para empresas con pocos colaboradores.

Opción 2 — Carga masiva (CSV o TXT): La declaración deberá tener la extensión CSV o TXT, delimitado por punto y coma. Diario Financiero

Esta opción es la más eficiente para empresas con muchos trabajadores y es la que se integra directamente con un software con módulo de remuneraciones como Uwigo.

Los pasos básicos son:

  1. Ingresa a MiDT con tu Clave Única
  2. Selecciona el perfil Empleador
  3. Haz clic en Libro de Remuneraciones Electrónico
  4. Elige tu modalidad (formulario o carga masiva)
  5. Sube o completa los datos del mes correspondiente
  6. Confirma la declaración — recibirás un correo de confirmación

¿Qué pasa si no lo tienes al día?

Aquí viene la parte que nadie quiere leer, pero todos deben saber.

Si no cumples con el envío mensual del libro de remuneraciones electrónico, tu empresa queda expuesta a sanciones que pueden incluir multas económicas, fiscalizaciones presenciales y observaciones en tus registros laborales.

Para ponerlo en términos concretos, las empresas que no cumplan con esta exigencia arriesgan multas de entre 1 y 5 UTM.

Considerando que una UTM ronda a aproximadamente los $68.000, estamos hablando de entre $68.000 y $340.000 por infracción. Y si hay reincidencia, los montos pueden aumentar.

Pero más allá de la multa, hay dos consecuencias que duelen más:

  • Impacto tributario: Los sueldos que no estén en el libro no son reconocidos como gasto por el SII. Si tienes trabajadores y pagas sueldos que no figuran en el LRE, estás perdiendo deducciones tributarias reales.

  • Riesgo en juicios laborales: En caso de disputas por despido, horas extra o no pago de remuneraciones, el Libro de Remuneraciones es una prueba contundente. Sin él, la empresa queda en posición muy débil ante los tribunales.


LRE errores

Los errores más frecuentes al llevar el Libro de Remuneraciones

  • Confundirlo con la liquidación de sueldo: La liquidación de sueldo es un comprobante individual que debes entregar al trabajador, mientras que el libro de remuneraciones es un registro consolidado que se declara ante la autoridad. Son documentos complementarios, no el mismo.

  • Olvidar incluir a trabajadores part-time o con contratos por obra: Todos los trabajadores con vínculo de dependencia deben estar en el libro, independientemente del tipo o duración de su contrato.

  • No cuadrar las cotizaciones previsionales con el libro: Las cotizaciones previsionales deben pagarse dentro de los 10 primeros días del mes siguiente al trabajado, o hasta el día 13 si se realiza el pago por un medio electrónico. Si los montos no coinciden con lo declarado en el LRE, habrá inconsistencias que pueden gatillar observaciones.

  • Declararlo con datos incompletos o incorrectos: Un LRE con errores puede ser tan problemático como no tenerlo. Hay que verificar que cada campo esté correctamente llenado antes de confirmar la declaración.

  • Esperar al último día del plazo: Cargar el archivo CSV el día 15 hábil con algún error significa que no podrás corregirlo a tiempo. Declarar con anticipación te da margen para rectificar.


Cómo simplificar todo el proceso con tecnología

Llevar el Libro de Remuneraciones manualmente, entre Excel, el portal MiDT y las liquidaciones, es una fuente garantizada de errores y estrés. La buena noticia es que hoy no tiene que ser así.

Con un software de contabilidad con módulo de remuneraciones como Uwigo, el proceso se integra de principio a fin. Las liquidaciones generan automáticamente los datos del LRE, el archivo CSV se produce listo para cargar en MiDT y toda la información queda centralizada, trazable y disponible para auditorías o fiscalizaciones en cualquier momento.

El resultado es simple, pero vale la pena, ya que tú y tu equipo gastarán menos tiempo en tareas manuales, tendrán cero inconsistencias entre documentos y total tranquilidad frente a cualquier revisión de la Dirección del Trabajo o el SII.

¿Quieres ver cómo funciona en la práctica? Agenda una demo gratuita aquí →


Preguntas frecuentes sobre el LRE (Libro de Remuneraciones Electrónico)

¿Quién está obligado a llevar el Libro de Remuneraciones en Chile?

Todo empleador con 5 o más trabajadores, según el artículo 62 del Código del Trabajo. Aplica tanto a personas jurídicas como a personas naturales con trabajadores dependientes. 

¿El Libro de Remuneraciones es lo mismo que la liquidación de sueldo?

No. La liquidación es un comprobante individual que se le entrega al trabajador. El Libro de Remuneraciones es un registro consolidado de todos los trabajadores que se declara mensualmente ante la Dirección del Trabajo. 

¿Cuál es el plazo para declarar el Libro de Remuneraciones Electrónico?

 Dentro de los 15 días hábiles del mes siguiente al pago de las remuneraciones, a través del portal MiDT de la Dirección del Trabajo. 

¿Qué multas arriesgo si no llevo el Libro de Remuneraciones?

Las multas pueden ir de 1 a 5 UTM por incumplimiento, además de fiscalizaciones presenciales. En términos tributarios, los sueldos no registrados en el libro no son reconocidos como gasto por el SII. 

¿Puedo llevar el Libro de Remuneraciones en Excel?

Desde octubre de 2021, el libro debe llevarse en formato electrónico y declararse en MiDT. Un Excel interno puede ayudarte a preparar los datos, pero no reemplaza la declaración oficial en el portal.


Checklist rápido: ¿tienes todo en orden?

Antes de cerrar este artículo, revisa esta lista:

  • ¿Tienes 5 o más trabajadores? → El LRE es obligatorio para ti
  • ¿Estás declarando dentro de los 15 días hábiles del mes siguiente?
  • ¿Incluyes a todos los trabajadores con vínculo de dependencia?
  • ¿Los montos del LRE cuadran con las liquidaciones y cotizaciones pagadas?
  • ¿Tienes designado un Representante Laboral Electrónico en MiDT?
  • ¿Tu software de remuneraciones genera el archivo CSV listo para cargar?

Si marcaste todo, vas perfecto. Si no, ya sabes por dónde empezar.


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