Resumen:
Se acabó la vida en papel para las ventas exentas de IVA ya que todo giro exento (colegios, centros médicos, ciertas inmobiliarias, algunas asesorías profesionales) debe emitir factura exenta electrónica tipo 34 a través del SII, sumado a mayores exigencias en guías de despacho electrónicas y ajustes técnicos para los emisores de DTE.
Si tu empresa o la de tu cliente sigue emitiendo boletas o facturas de venta exenta en papel "porque siempre se hizo así", este es el momento de cambiar el chip, dado que la multa por incumplir parte en el 50% del monto del documento.
Te contamos qué cambia, quién debe emitir tipo 34 y cómo evitar el error más común al hacerlo.
La factura no afecta o exenta electrónica, código SII 34, es el documento tributario que reemplaza a la factura de venta exenta tradicional (código 32 en papel). Se emite cuando la operación no genera IVA, ya sea porque el giro completo está exento (como salud o educación) o porque la operación específica lo está (como ciertas ventas de inmuebles usados o servicios profesionales de personas naturales que optan por boleta de honorarios en lugar de factura afecta).
A diferencia de la boleta, la factura exenta identifica al comprador y sirve como respaldo formal de la operación, por lo que suele usarse en transacciones B2B o cuando el cliente necesita el documento para su propia contabilidad.
Hasta 2025, era común que empresas con giro exento emitieran boletas o facturas de venta exenta en papel, especialmente en sectores como:
Desde 2026, si tu giro (o la operación específica) está exento de IVA, la obligación es emitir el DTE tipo 34 a través del sistema de facturación electrónica del SII, sin excepción por tamaño de empresa. Ya no existe la opción de "emitir en papel porque el volumen es bajo".
La facturación electrónica es obligatoria en Chile desde 2018, pero durante años convivió con excepciones para operaciones exentas específicas, que muchas empresas siguieron documentando en papel sin mayor problema. El ajuste de 2026 cierra esa puerta, no basta con estar en el sistema de facturación electrónica para las ventas afectas, también hay que activar y usar correctamente la emisión de DTE exento en el portal del SII.
Si tu software de facturación no contempla el formato tipo 34, o lo tienes configurado pero nunca lo activaste, este es el momento de revisarlo antes de que el SII te haga la observación por ti.
En paralelo, se refuerzan las exigencias para las guías de despacho electrónicas (DTE tipo 52), que deben ir alineadas con la factura o el documento tributario que las respalda. Esto es especialmente relevante para empresas que despachan mercadería antes de facturar o que trabajan con ventas a plazo: la guía de despacho ya no puede quedar "suelta" ni con datos inconsistentes respecto al documento tributario final.
Si tu cliente reparte productos y emite guías de despacho, revisa que estén sincronizadas con el sistema de facturación y que los datos del receptor coincidan exactamente.
El error más frecuente es emitir una factura afecta (con IVA) por error cuando la operación era exenta, o al revés. Si esto ocurre:
Otro error típico es dejar la glosa como "servicios varios" o descripciones genéricas, ya que el SII las trata como bandera roja y puede cuestionar el gasto del cliente que recibe el documento. Sé específico en la descripción de la operación.
No emitir el documento tributario correspondiente o emitirlo en el formato equivocado se sanciona bajo el artículo 97 N°10 del Código Tributario, con multas que van del 50% al 500% del monto de la operación. En sectores con alto volumen de operaciones exentas, como salud o educación, esto puede escalar rápido si el error se repite mes a mes sin corregirse.
Tener toda la facturación, las guías y los libros de compras y ventas centralizados en un mismo software contable hace mucho más fácil detectar estos desajustes antes de que se conviertan en una observación del SII.
¿Qué es la factura exenta electrónica tipo 34? Es el documento tributario electrónico (código SII 34) que se usa para respaldar ventas o servicios que no generan IVA, reemplazando a la antigua factura de venta exenta en papel.
¿Quiénes están obligados a emitir factura exenta tipo 34 en 2026? Todas las empresas o profesionales con operaciones exentas de IVA, como establecimientos de salud, educación, ciertas operaciones inmobiliarias y algunos servicios profesionales, sin excepción por volumen de ventas.
¿Qué pasa si emití una factura afecta por error en una operación exenta? Debes generar una nota de crédito para anular el documento incorrecto y luego emitir la factura exenta tipo 34 correspondiente. No corregirlo genera observación automática del SII.
¿Cuál es la multa por no emitir el documento tributario correcto? Se sanciona bajo el artículo 97 N°10 del Código Tributario, con multas que van entre el 50% y el 500% del monto de la operación.
¿La guía de despacho electrónica también cambió con esta normativa? Sí, se reforzaron las exigencias para que la guía de despacho electrónica esté alineada y sea consistente con el documento tributario que la respalda.
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